La gig economy ha crecido significativamente en los últimos años debido a la proliferación de plataformas digitales. Sin embargo, este nuevo modelo de trabajo también ha generado debate sobre los derechos de los empleados.
La Universidad Europea incorpora estos retos de la economía digital en sus formaciones en abogacía, como el Grado en Derecho online, o sus versiones presenciales en Madrid, Valencia y Canarias, y el Máster en Derecho Laboral.
La gig economy, o economía gig, se refiere a un modelo económico en el que el trabajo se realiza a través de contratos temporales o encargos puntuales en lugar de empleo a largo plazo. Está comúnmente asociado con trabajos que se gestionan a través de plataformas digitales, como aplicaciones móviles o sitios web.
El término ‘gig’ procede del argot de los músicos y se refiere a una actuación o concierto, que es la forma de trabajo que tienen estos artistas.
Algunas de sus características clave incluyen:
La economía gig ofrece oportunidades significativas para quienes buscan flexibilidad y control sobre su trabajo, pero también presenta desafíos importantes en términos de estabilidad financiera y derechos laborales.
Entre las ventajas, encontramos:
Entre las desventajas, encontramos las siguientes:
La gig economy presenta varios retos legales y regulatorios debido a la naturaleza única y en rápida evolución de este modelo laboral.
Uno de los mayores retos es determinar si los trabajadores de la economía gig deben ser clasificados como empleados por cuenta ajena o como trabajadores autónomos. Esta clasificación tiene importantes implicaciones legales y financieras, ya que la legislación otorga a los empleados derechos fundamentales como un salario mínimo, vacaciones pagadas, etc. En cambio, los autónomos no tienen estos beneficios y son responsables de sus propios impuestos y seguros.
Las plataformas digitales que intermedian el trabajo gig enfrentan sus propios desafíos regulatorios, muchos de ellos derivados del vacío legal que existe en torno a este modelo laboral. Por un lado, sería necesario legislar temas como la fijación de precios, la gestión de la información del cliente y del trabajador, y la responsabilidad en caso de disputas o problemas de servicio.
Por otro lado, están todas las cuestiones relacionadas con el cumplimiento fiscal y la regulación de las obligaciones tributarias de las plataformas y los trabajadores, incluidos la declaración y el pago de impuestos sobre los ingresos.
Otro de los grandes desafíos de este modelo de trabajo es garantizar que los trabajadores gig reciban un salario mínimo, después de deducir los costos operativos y los tiempos no remunerados. Es necesario regular las condiciones laborales para prevenir la explotación y asegurar el acceso a seguros de accidentes laborales o medidas de protección en caso de lesiones en el trabajo.
La competencia entre plataformas y la presión para reducir costos pueden llevar a prácticas desleales. Esto puede afectar negativamente a los ingresos y condiciones de los trabajadores.
Además, las políticas poco claras sobre la desactivación de cuentas de trabajadores pueden llevar a la pérdida repentina de ingresos sin un proceso justo de apelación.
Estos nuevos modelos económicos generan grandes retos para el derecho laboral. Los legisladores y abogados laboralistas deben trabajar en colaboración con las plataformas y los trabajadores para desarrollar políticas que protejan a los trabajadores sin obstaculizar la innovación y la flexibilidad que caracterizan a la gig economy.
La formación de este tipo de abogados comienza con la obtención de un Grado en Derecho y una especialización a través de un Máster en Derecho Laboral, uno de los masters de Derecho con más salidas.
La especialización en derecho laboral ofrece oportunidades profesionales en diversos sectores.
La economía gig es uno de los nuevos modelos de relaciones laborales impulsados por la revolución digital. Al tratarse de un sistema relativamente nuevo, muchos aspectos de las relaciones con los trabajadores están aún sin regular y ofrecen numerosas oportunidades para los especialistas en derecho laboral.