
La relación entre padres e hijos puede volverse compleja en determinadas circunstancias, y cuando se trata de sucesiones y herencias, surgen interrogantes que requieren conocimiento especializado como el derecho civil y sucesorio, disciplinas centrales en la formación de todo jurista.
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En este artículo analizaremos las circunstancias bajo las cuales es posible desheredar a un hijo en España, las causas legales que lo permiten y qué alternativas existen ante estas situaciones.
La desheredación de hijos es un acto jurídico mediante el cual una persona priva a sus herederos forzosos de la legítima que les correspondería por ley. En el contexto familiar, se puede desheredar a un hijo cuando concurren causas específicas establecidas por la legislación civil española, siempre que se cumplan determinados requisitos formales y materiales.
Es importante entender que la desheredación no implica una exclusión total de la herencia, sino la privación de la parte que legalmente les correspondería como herederos legitimarios. Esta distinción resulta fundamental para comprender el alcance real de esta figura jurídica.
El Código Civil español regula exhaustivamente las situaciones en las que es posible proceder con la desheredación hijos. El artículo 848 establece que “la desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley" (art. 848 CC), mientras que los artículos 852 y siguientes detallan las causas específicas que justifican esta medida excepcional.
La legislación busca entonces equilibrar dos principios fundamentales: la libertad testamentaria del causante y la protección de los derechos sucesorios de los descendientes. Por esta razón, las causas para desheredar a un hijo están específicamente establecidas y no pueden interpretarse de otra manera. Veamos cuáles son esos motivos a continuación.
Los motivos para desheredar a un hijo que contempla nuestro ordenamiento jurídico son limitados y taxativos. Entre las principales causas establecidas en el artículo 853 del Código Civil encontramos:
Una pregunta frecuente es si un hijo desheredado tiene derecho a la legítima. La respuesta depende de varios factores, principalmente de la validez de la desheredación y de las circunstancias específicas del caso.
Cuando la desheredación es válida y está debidamente justificada, el hijo pierde efectivamente su derecho a la legítima. Sin embargo, si la desheredación no cumple con los requisitos legales o las causas alegadas no pueden probarse, el hijo mantiene sus derechos hereditarios.
Los hijos desheredados tienen la posibilidad de impugnar esta decisión ante los tribunales. El proceso requiere demostrar que las causas alegadas no son ciertas o que no se han cumplido los requisitos formales necesarios para que la desheredación sea efectiva.
Durante este procedimiento judicial, será necesario aportar pruebas que contradigan los motivos expuestos por el testador, lo que convierte estos casos en procesos complejos que requieren asesoramiento jurídico especializado.
La desheredación debe expresarse claramente en el testamento, indicando de manera específica las causas que la justifican. No basta con manifestar la voluntad de desheredar; es imprescindible detallar los motivos concretos que amparan esta decisión.
La carga de la prueba corresponde a quien alegue la validez de la desheredación, generalmente los herederos beneficiados por la misma. Esto significa que deberán demostrar ante el tribunal que efectivamente concurrieron las causas invocadas por el testador.
Este aspecto procesal resulta crucial para el éxito de la desheredación, ya que la falta de pruebas suficientes puede llevar a la declaración de nulidad de esta y al reconocimiento de los derechos legitimarios del hijo afectado.
Mientras que en la mayor parte del territorio nacional se aplica el Código Civil común, algunas comunidades autónomas mantienen sus propios derechos forales.
Algunas personas consideran la opción de donar en vida para desheredar a un hijo como una estrategia para evitar conflictos sucesorios futuros. Sin embargo, esta práctica tiene importantes limitaciones legales que es necesario conocer.
El principio de intangibilidad de la legítima impide que los padres puedan disponer libremente de la totalidad de sus bienes en perjuicio de los herederos forzosos. Las donaciones realizadas en vida deben respetar la legítima de los hijos, y en caso contrario, estos pueden ejercitar la acción de reducción de donaciones.
Para determinar si las donaciones en vida han vulnerado los derechos legitimarios, es necesario realizar el cálculo del caudal hereditario incluyendo el valor de los bienes donados. Este proceso, conocido como "colación", permite establecer si se ha respetado la legítima de cada heredero forzoso.
Antes de tomar la decisión de proceder con una desheredación, las familias deben considerar cuidadosamente las implicaciones a largo plazo. Estos procesos suelen generar conflictos familiares duraderos y pueden requerir costosos procedimientos judiciales.
Es recomendable buscar alternativas que permitan resolver los conflictos familiares sin recurrir a medidas tan drásticas. La mediación familiar y el asesoramiento psicológico pueden ser herramientas útiles para encontrar soluciones que preserven las relaciones familiares.
Cuando la desheredación resulte inevitable, es fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado para garantizar que se cumplan todos los requisitos legales y que la decisión tenga efectos reales. Un proceso mal ejecutado puede resultar en la ineficacia de la desheredación y en gastos legales innecesarios.
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