Podrán concurrir a la convocatoria de ayudas para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico de la Universidad Europea todos los alumnos de Grado o Ciclo Formativo de Grado Superior que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente reglamento, soliciten la ayuda por primera vez o deseen la renovación de la misma si ya fue concedida en cursos anteriores.
1. SOLICITANTES DE AYUDA POR PRIMERA VEZ:
Estudiantes que estando matriculados en una titulación de Grado o Ciclo Formativo de Grado Superior en la Universidad Europea de Madrid sufran la pérdida por fallecimiento del responsable económico que figure en su matrícula.
La solicitud podrá presentarse en cualquier momento del curso académico, tras producirse el fallecimiento del responsable económico.
La ayuda cubrirá:
- La totalidad de la docencia de los créditos matriculados y pendientes de abonar en el momento de la solicitud, siempre y cuando la solicitud se realice antes del 1 de marzo.
- La totalidad de la docencia de los créditos matriculados y pendientes de abonar en el momento de la solicitud, y la totalidad de los costes académicos (reserva de plaza y docencia de créditos matriculados) del curso académico siguiente al de la solicitud, siempre y cuando la solicitud se realice con fecha posterior del 1 de marzo.
2. SOLICITANTES DE RENOVACIÓN DE LA AYUDA
Estudiantes que hubieran disfrutado de la ayuda para la continuidad de estudios por fallecimiento del responsable económico durante algún curso académico anterior.
Se iniciará el 15 de junio finalizando el 14 de julio.
La ayuda cubrirá la totalidad de los costes académicos (reserva de plaza y docencia de créditos matriculados) del curso académico para el cual se solicita renovación.